lunes, 13 de diciembre de 2010

Reforma laboral: algunos apuntes

Asistimos a una conferencia sobre la última reforma laboral que se ofrece dentro del programa de continuidad de la Associació d’Antics Alumnes de l’ Idec de la Universitat Pompeu Fabra.

Por parte de la AAA Idec presenta el Sr. Aleix Canals, abogado, al ponente principal también abogado es el Sr. Pedro Ramírez Santiago, responsable de Asesoría Laboral de SEAT y también en la mesa el Sr. Santiago Gato Garcia , abogado de SEAT.

El Sr, Ramírez hace una buena recapitulación sobre la historia de las diferentes reformas laborales habidas desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores y a posteriori explica las principales novedades que incorpora la última reforma laboral de las que exponemos aquí algunos apuntes de los aspectos que nos han llamado más la atención:

Es interesante la variación en los contratos de obra o servicio, buscando la menor precariedad en el empleo, que pasaran de manera gradual a tener una indemnización de 12 días por año trabajado (en lugar de los 8 de antes). También cambia en dichos contratos laborales de obra o servicio los plazos máximos que pueden ser de cómo máximo tres años y las condiciones a tener en cuenta para que un contrato se considere de este tipo que se amplían, por ejemplo alguien contratado por ett, también computaría a efectos de los plazos de este contrato.

Son también interesantes cuestiones que ha explicado de los Eres, como la exigencia del plan de recolocación o la posibilidad de que sean parciales con reducción de jornada, o temas como el del aumento, en teoría, de la flexibilidad laboral como la movilidad..

Pero sin duda , lo que más nos ha llamado la atención es el cambio de consideración de cosas como fallos formales en el despido por causas objetivas, con el resultado antes de la reforma que el despido era nulo (como en el caso que habíamos visto varias veces que no se comunicaran bien los motivos concretos del despido), y ahora pasará a ser improcedente, con lo que el cambio en si filosófico es importante, porque simplemente pagando la indemnización (que, por cierto ,en los nuevos contratos de fomento de empleo pasará a ser de 33 días, de los cuales efectivos de momento para la empresa son 25 porque 8 los paga el Fogasa y hasta, dicen , que se cree el mítico fondo de capitalización) por año con un máximo de 24 mensualidades, con lo que la empresa tiene más fácil despedir en estos casos.

Hasta aquí este post. Es habitual tener que realizar cuestiones de gestión, y naturalmente conocer la legislación general, del área de personal o de recursos humanos, por ser estas, habitualmente, funciones que se asumen en pymes, y particularmente en microempresas, desde la gerencia o la dirección financiera con lo cual muchas veces nosotros, en nuestra posición realizando o apoyando a dichas funciones como externos al gerente o al director financiero, hemos de estar necesariamente informados.

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